La Oficina de Normalización Previsional (ONP) es un Organismo Público Técnico y Especializado del Sector de Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) a que se refiere el Decreto Ley N° 19990, así como el Régimen de Seguridad Social para Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, creado a través de la Ley N° 30003, entre otros regímenes de pensiones a cargo del Estado.
Adicionalmente, según la Ley N° 26790 y disposiciones complementarias, la ONP ofrece un Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo - SCTR a los afiliados regulares que desempeñan actividades de alto riesgo.
Asimismo, cuando los trabajadores requieren su traslado al Sistema Privado de Pensiones (AFP), la ONP reconoce los aportes que deben ser transferidos mediante la calificación, emisión y redención de Bonos de Reconocimiento y Bonos Complementarios.
La ONP reconoce, califica, liquida y paga los derechos pensionarios en estricto cumplimiento del marco legal. Además, informa y orienta a los asegurados sobre los trámites y requisitos que se necesitan para acceder a una pensión y otros beneficios pensionarios.
- FUNCIONES:
- Reconocer, declarar, calificar, verificar, otorgar, liquidar y pagar derechos pensionarios con arreglo a ley, del Sistema Nacional de Pensiones al que se refiere el Decreto Ley N° 19990, de los regímenes previsionales que se le encarguen o hayan encargado, así como del Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley N° 18846;
- Mantener informados y orientar a los asegurados obligatorios y facultativos, sobre los derechos y requisitos para acceder a una pensión y otros beneficios pensionarios de su competencia;
- Mantener los registros contables y elaborar los estados financieros correspondientes a los sistemas previsionales a su cargo y de los fondos pensionarios que administre;
- Calificar, otorgar, liquidar y pagar el derecho a Bono de Reconocimiento a que se refiere la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, Bono de Reconocimiento Complementario - BRC a que se refiere la Ley N° 27252, Bonos Complementarios de Pensión Mínima - BCPM y de Jubilación Adelantada del Decreto Ley N° 19990 - BCJA a que se refiere la Ley N° 27617, así como de pensiones complementarias a que se refieren el Decreto de Urgencia N° 007-2007 y la Ley N° 28991, y cualquier otra obligación que se derive de sus fines, conforme a ley;
- Coordinar con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT las actividades necesarias para el control de las aportaciones recaudadas; la obtención de la información requerida para sus procesos administrativos y supervisar el ejercicio de las facultades de administración delegadas con arreglo a lo establecido en los convenios interinstitucionales suscritos;
- Conducir los procedimientos administrativos vinculados con las aportaciones de los sistemas previsionales, conforme al marco legal vigente;
- Realizar periódicamente los estudios e informes que correspondan a sus fines institucionales, proponer la expedición de normas que contribuyan al mejor cumplimiento de estos y opinar sobre los proyectos de dispositivos legales relacionados directa o indirectamente con los sistemas previsionales a su cargo;
- Actuar como Secretaría Técnica del Directorio del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales – FCR;
- Aprobar y administrar su presupuesto con arreglo a las disposiciones legales sobre la materia;
- Administrar los procesos inherentes al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo - SCTR conforme a la normativa vigente sobre la materia y dentro de los alcances del respectivo contrato de reaseguro que para tal fin la Oficina de Normalización Previsional - ONP celebra con una compañía de seguros debidamente autorizada para brindar dicho seguro;
- Calificar, otorgar, liquidar y pagar la pensión por cobertura supletoria del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo - SCTR a que se refiere el artículo 88° del Reglamento de la Ley N° 26790, aprobado mediante Decreto Supremo N°009-97-SA;
- Diseñar, racionalizar y optimizar los procesos y procedimientos operativos;
- Mantener operativa y actualizada la plataforma tecnológica de la Oficina de Normalización Previsional – ONP;
- Realizar periódicamente los estudios actuariales que sean necesarios para la correcta administración de los sistemas previsionales a su cargo proponiendo las recomendaciones necesarias;
- Efectuar las acciones de fiscalización que sean necesarias, con relación a los derechos pensionarios en los sistemas a su cargo, para garantizar su otorgamiento con arreglo a ley. La ONP podrá determinar e imponer las sanciones y medidas cautelares, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias;
- Conducir o encargar la conducción de las acciones de acotación y cobranza de los adeudos para con los sistemas previsionales, así como los intereses, multas y moras correspondientes;
- Disponer las medidas que garanticen el cumplimiento de las acciones señaladas en las funciones “o” y “p” precedentes, incluyendo, de ser necesario, el uso de la vía coactiva; y,
- Ejercer cualquier otra facultad que se derive de sus fines y las demás que expresamente le confiera la ley.
- OBJETIVOS:
Compromiso
En la ONP, sus integrantes son parte y objeto de los desafíos de la institución. Su labor se caracteriza por un pleno alineamiento con la visión y la misión institucional; por una constante preocupación por el resultado de su quehacer y la auto-exigencia de un rendimiento satisfactorio, así como por una permanente disposición a colaborar con los demás.
Profesionalismo
En la ONP, sus integrantes emplean y desarrollan todo el conocimiento, la capacidad y la competencia profesional que demanda su labor. Aplican racional e inteligentemente las reglas institucionales para asegurar la calidad de los resultados y se esmeran por la permanente agregación de valor en un ambiente de excelencia.
Integridad
En la ONP, sus integrantes se caracterizan por una credibilidad sustentada en una conducta intachable. Se empeñan por mostrar coherencia entre lo que se propone y lo que se realiza. Muestran total apertura para dar a conocer sus ideas, compartirlas, argumentarlas y discutirlas. Discute
- MISIÓN Y VISIÓN:
- Misión
“Brindar seguridad previsional, otorgando pensiones mediante un servicio público eficiente, predecible y transparente”.
Brindar seguridad previsional se traduce en:
Minimizar el tiempo entre el cese del trabajador y el pensionamiento.
Minimizar stocks de expedientes pensionarios.
Disminuir tiempo de respuesta en el proceso de calificación.
Instaurar una organización eficiente y una cultura de calidad.
- Visión
“Líderes del servicio público en materia previsional”.
- ORGANIGRAMA:

- LINKOGRAFIA
https://www.onp.gob.pe/acerca_onp/transparencia
https://www.onp.gob.pe/acerca_onp/mision_vision
https://es.scribd.com/doc/49561599/ONP
https://es.scribd.com/doc/162764959/Monografia-de-La-Onp
https://semanariocomexperu.wordpress.com/la-onp-una-alternativa/
https://www.onp.gob.pe/acerca_onp/funciones_ONP
Brindar seguridad previsional se traduce en:
Minimizar el tiempo entre el cese del trabajador y el pensionamiento.
Minimizar stocks de expedientes pensionarios.
Disminuir tiempo de respuesta en el proceso de calificación.
Instaurar una organización eficiente y una cultura de calidad.

https://www.onp.gob.pe/acerca_onp/mision_vision
https://es.scribd.com/doc/49561599/ONP
https://es.scribd.com/doc/162764959/Monografia-de-La-Onp
https://semanariocomexperu.wordpress.com/la-onp-una-alternativa/
https://www.onp.gob.pe/acerca_onp/funciones_ONP

